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BASES AYUDAS A ASOCIACIONES CULTURALES 2021

17/02/2021


2021 ANEXOS CONVOCATORIA SUBVENCIONES ASOCIACIONES


Bases particulares reguladoras de la convocatoria de la subvención 2021 de Ayuda a Asociaciones Culturales de Peralta


a) El objeto de la subvención.


El objeto de esta subvención es el de prestar ayuda económica por parte del Ayuntamiento de Peralta por la prestación de servicios o ejecución de actividades por parte de las Asociaciones Culturales de Peralta, que coadyuven o suplan las atribuidas a la competencia local, valorables económicamente, a expensas de los fondos públicos del Ayuntamiento de Peralta por un importe de: 5.000,00 €


b) Proyectos subvencionables


Serán subvencionables todos aquellos proyectos que se orienten a alcanzar prioritariamente los siguientes objetivos:


– Promoción del asociacionismo cultural.


– La formación y el fomento de la creación artística en sus distintas manifestaciones.


– Recuperación y conservación de las distintas manifestaciones de la cultura tradicional peraltesa, en el ámbito de la música, la danza, la artesanía, inmaterial, etc.


– La investigación y difusión de temas culturales o científicos relacionados con el municipio.


– El complemento de la oferta cultural del ayuntamiento de Peralta con una programación


pública.


– La integración y el mestizaje cultural.


c) Los requisitos que han de reunir los beneficiarios y la forma de acreditarlos.



  • Impreso de solicitud cumplimentado con los datos generales de la Asociación (ANEXO I)

  • Fotocopia compulsada del DNI del representante de la Entidad que firma la solicitud.

  • Fotocopia compulsada del CIF de la Asociación.

  • Declaración responsable de no estar incurso en ninguna circunstancia enumerada en el art. 13.2 de la ley 30/2003, General de Subvenciones, según modelo que figura como anexo III.

  • Proyecto o memoria explicativo de los objetivos, coste y financiación del programa o actividad cultural para el que se formula la solicitud, así como proyecto de las actividades realizadas o previstas por la entidad para el año en curso para las que se solicita la subvención, firmada y sellada por el Presidente de la asociación, que incluirá al menos los siguientes datos: Descripción de las actividades a realizar durante el año 2021, y presupuesto de ingresos y gastos que va a suponer dichas actividades.

  • Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia conforme al modelo que figura como anexo II .

  • Memoria de las actividades realizadas en el año 2020

  • Memoria económica de gastos e ingresos de la entidad del año 2020

  • Presentación de factura o facturas originales justificativas del importe de la subvención obtenida el ejercicio anterior, en ningún caso se contemplarán como gastos subvencionables los generados por comidas, cenas o aperitivos.

  • Declaración jurada por parte del secretari@ de la asociación de estar al corriente de las obligaciones fiscales y pagos a la seguridad social, en su caso.

  • Certificado del secretari@ de la asociación que acredite el número de miembros (Anexo IV)


d) El baremo específico de valoración.


CRITERIOS GENERALES DE ESTIMACIÓN


El reparto se efectuará sumando las cantidades que tengan en cuenta los tres criterios siguientes:


1.- GASTOS GENERALES DE LAS ASOCIACIONES :


Se repartirá proporcionalmente el 20% del importe de la Partida Presupuestaria prevista de: 5.000 euros, ( PARA ESTE EJERCICIO 2021: 1.000 €), entre todas las asociaciones que presenten debidamente la documentación, y hayan realizado alguna actividad a lo largo del ejercicio, como gastos GENERALES de FUNCIONAMIENTO.


2.-NÚMERO DE ACTIVIDADES CULTURALES REALIZADAS:


Se reparte el 30 % del importe de la Partida municipal de subvención ( PARA ESTE EJERCICIO 2021: 1.500 €), sumando el total de las ACTIVIDADES CULTURALES REALIZADAS Y DE INTERÉS GENERAL , repartiendo proporcionalmente al número de actividades culturales teniendo en cuenta su tipología (Actividades de Difusión, actividades de Formación y actividades de Promoción y apoyo a la creación) realizadas por cada una de las asociaciones


3.- VALORACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE LA PROGRAMACIÓN PRESENTADA:



  1. Se reparte el 50 % de la subvención, entre todas las asociaciones, (PARA ESTE EJERCICIO 2021: 2.500 € ) sumando el total de la puntuación asignada a cada una de las entidades culturales en función de: EL INTERÉS, LA CALIDAD, LA REPERCUSIÓN SOCIAL Y LA VARIEDAD DE LA PROGRAMACIÓN PRESENTADA DE SUS ACTIVIDADES CULTURALES (Puntuación de 1 a 10) y repartiendo proporcionalmente al número de puntos obtenidos por cada una de las asociaciones.

  2. En la valoración de las actividades presentadas y en la determinación de la cuantía de la ayuda, la Comisión de Valoración tendrá en cuenta los aspectos que a continuación se enumeran, a los que se asignará, hasta un total de 10 puntos:

  3. Interés, calidad, originalidad, multidisciplinariedad y dimensión – número de participantes, infraestructuras necesarias, etc.-de las actividades  realizadas.

  4. Incidencia de las actividades en la dinamización cultural o artística de la localidad.

  5. Consolidación, cualificación e importancia artística y cultural de la entidad.

  6. Cooperación con agentes culturales locales, nacionales, etc.

  7. Inclusión de aspectos favorecedores de la Creatividad, Innovación e integración..

  8. Repercusión de la actividad fuera de la localidad (medios de comunicación, etc…)


e) Plazo de presentación


Las solicitudes deberán presentarse en el registro electrónico del Ayuntamiento de Peralta. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día de la publicación en los medios de anuncio oportunos del Ayuntamiento de Peralta hasta las 19:00 horas del día 26 de febrero de 2021.


f) Pago y justificación.


 El pago de la subvención se efectuará de la siguiente forma: se abonará el 100% de la subvención concedida sin necesidad de previa garantía y justificación.


La asociación beneficiaria de la subvención queda obligada a presentar los siguientes documentos justificativos:


1.- certificado del secretario de la asociación, que acredite que la subvención ha sido destinada al proyecto o actividad aprobada.


2.- memoria de la actividad subvencionada.


3.- declaración de las ayudas e ingresos obtenidos para la misma actividad o, en su caso, de no haber percibido ningún otro tipo de ayuda o subvención para el mismo proyecto.


4.- relación detallada de ingresos y gastos totales efectuados para el desarrollo de la actividad.


5.- documentos justificativos de los gastos realizados (original o copia compulsada): facturas debidamente emitidas por proveedores o prestadores de servicios en los que figure el recibí y firma acreditada de su abono, nombre de la empresa, NIF, domicilio y fecha o en su caso, la justificación de su pago de salarios, etc.


6.- copia de la publicidad emitida (si la hubiere), en la que figure el patrocinio o la colaboración de la concejalía de cultura del Excmo. ayuntamiento de Peralta en las actividades subvencionadas.


El plazo de presentación de los documentos justificativos será hasta las 19:00 horas del día 26 de febrero de 2021                       


Cuando no se justifique la totalidad de las actividades subvencionadas se procederá a reducir proporcionalmente la subvención concedida.


g) Incumplimiento


En caso de incumplimiento de las presentes normas, así como de los compromisos asumidos por las entidades culturales con motivo de la concesión de la subvención, será de aplicación lo establecido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El reintegro de cantidades al Ayuntamiento de Peralta llevará consigo la exigencia del interés de demora vigente desde el pago de la subvención.



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